Accidentes de tráfico

QUIÉN TIENE DERECHO A RECLAMAR UNA INDEMNIZACIÓN:

Conductor no culpable (se incluye ciclistas).
Ocupantes del vehículo.
Peatón.
Familiares del fallecido.

QUE SE RECLAMA

-Daños personales: fallecimiento, secuelas, días de baja, invalidez, lucro cesante, gastos farmacéuticos, sanitarios,  de desplazamiento.
-Daños materiales: vehículo reparado o siniestrado. Aquellos que se encuentren en el vehículo o efectos personales (rotura de gafas,
ropa, teléfono móvil, objetos transportados…).

Disponemos de peritos especializados para cuantificar y reclamar los daños.

QUÉ PLAZO HAY PARA RECLAMAR

Un año desde la estabilización de las lesiones.

VÍAS PARA RECLAMAR:

Extrajudicial: solicitando por escrito a la aseguradora la oferta motivada.
Judicial: En caso de disconformidad con la oferta de la aseguradora, se inicia el procedimiento judicial. Cabe la reclamación en la vía penal respecto de determinados delitos (alcoholemia, conducción temeraria o imprudente, lesiones muy graves..).

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