QUIEN TIENE DERECHO A RECLAMAR UNA INDEMNIZACIÓN:
- Conductor no culpable (se incluye ciclistas).
- Ocupantes del vehículo.
- Peatón.
- Familiares del fallecido.
QUE SE RECLAMA:
–Daños personales: fallecimiento, secuelas, días de baja, invalidez, lucro cesante, gastos farmacéuticos, sanitarios, de desplazamiento.
–Daños materiales: vehículo reparado o siniestrado. Aquellos que se encuentren en el vehículo o efectos personales (rotura de gafas, ropa, teléfono móvil, objetos transportados…).
Disponemos de peritos especializados para cuantificar y reclamar los daños.
QUE PLAZO HAY PARA RECLAMAR:
Un año desde la estabilización de las lesiones.
VÍAS PARA RECLAMAR:
Extrajudicial: solicitando por escrito a la aseguradora la oferta motivada.
Judicial: En caso de disconformidad con la oferta de la aseguradora, se inicia el procedimiento judicial. Cabe la reclamación en la vía penal respecto de determinados delitos (alcoholemia, conducción temeraria o imprudente, lesiones muy graves..).